Corporación municipal

Alcalde – Presidente

AVELINO ÁLVAREZ PÉREZ

El Alcalde representa a todo el municipio y es responsable de su gestión. Es el presidente del Pleno, convoca y preside sus sesiones, dirige los debates y mantiene el orden de los mismos haciendo cumplir el reglamento. También es el jefe de personal de todos los servicios del Ayuntamiento.

Las competencias correspondientes al cargo de Alcalde – Presidente están descritas en el Art. 21 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Delegaciones de Alcaldía

Decreto de Delegaciones de Alcaldía

Decreto de Modificación de Delegaciones de Alcaldía

Otros Órganos de Gobierno

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Corporación municipal

Concejales electos

Información estadística Concejales

Declaraciones de Bienes e Intereses de la Corporación

Una vez constituidos los diferentes grupos políticos por los concejales electos, el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el  día 12 de julio de 2023, por asentimiento y mayoría de miembros presentes (artículo 47 de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local), acordó tomar razón de la constitución de los Grupos Políticos, de sus integrantes, Portavoces titulares y suplentes. 

GRUPO MUNICIPAL PARTIDO POPULAR

PORTAVOZ DEL GRUPO.-           FERNANDO VARA ARRIBAS

PORTAVOZ ADJUNTO.-              ALFREDO FADRIQUE LÓPEZ

COMPONENTES:                      

AVELINO ÁLVAREZ PÉREZ

FERNANDO VARA ARRIBAS

ALFREDO FADRIQUE LÓPEZ

IRENE ARRANZ LÓPEZ

Mª ROCÍO GARRIDO MARCOS

JOSÉ LUIS FRONTELA ÁLVAREZ

GRUPO MUNICIPAL INDEPENDIENTES POR LAGUNA (IL)

PORTAVOZ DEL GRUPO.-           LUCÍA CASTRO GARCÍA

PORTAVOZ ADJUNTO.-              Mª ESTELA CRESPO MORO

COMPONENTES                        

LUCÍA CASTRO GARCÍA

Mª ESTELA CRESPO MORO

JUAN CARLOS RODRÍGUEZ GARCÍA

GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA-P.S.O.E.

PORTAVOZ DEL GRUPO.-           YOLANDA ROSA LANZA ALÁEZ

PORTAVOZ ADJUNTO.-              FRANCISCO BARBILLO MARTÍNEZ

COMPONENTES                        

YOLANDA ROSA LANZA ALÁEZ

FRANCISCO BARBILLO MARTÍNEZ

Mª JOSÉ SAN MIGUEL TEJIDO

JOSÉ VICENTE DOMÍNGUEZ ALONSO

JERÓNIMO GORDÓN URDIALES

Mª LUISA CORTIJO MORÁN

GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-PODEMOS

PORTAVOZ DEL GRUPO.-           EVA DIEZ SÁNCHEZ

PORTAVOZ ADJUNTO.-              SUSANA PRIETO FUERTES

COMPONENTES:                      

EVA DIEZ SÁNCHEZ

SUSANA PRIETO FUERTES

GRUPO MUNICIPAL VOX

PORTAVOZ DEL GRUPO.-           Mª ISABEL PÉREZ MARTÍN

PORTAVOZ ADJUNTO.-             VIRGINIA ARRONTE DE ÁVILA

COMPONENTES:                      

Mª ISABEL PÉREZ MARTÍN

VIRGINIA ARRONTE DE ÁVILA

GRUPO MUNICIPAL POR LAGUNA DE DUERO (XLD)

PORTAVOZ DEL GRUPO.-           GEMMA GONZÁLEZ ANDRÉS

PORTAVOZ ADJUNTO.-             JAVIER MUÑOZ MARTÍN

COMPONENTES:                      

GEMMA GONZÁLEZ ANDRÉS

JAVIER MUÑOZ MARTÍN

Acuerdo de Pleno constitución de Grupos Politicos

Junta de Portavoces

En el art. 29 del Reglamento Orgánico Municipal se establece que los Portavoces de los Grupos Políticos, presididos por el Alcalde, integrarán la Junta de Portavoces y conforme a su apartado segundo los Concejales no adscritos no tendrán Portavoces, sin perjuicio de su derecho de información reconocido con carácter general.

Así pues, y teniendo en cuenta lo establecido en el art. 29 del Reglamento Orgánico Municipal de este Ayuntamiento, la Junta de Portavoces Municipal quedará constituida por los siguientes Concejales:

GRUPO MUNICIPAL PARTIDO POPULAR:                           FERNANDO VARA ARRIBAS

GRUPO VOX:                                                                         Mª ISABEL PÉREZ MARTÍN

GRUPO MUNICIPAL INDEPENDIENTES POR LAGUNA:       LUCIA CASTRO GARCÍA

GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA-P.S.O.E.:             YOLANDA ROSA LANZA ALÁEZ

GRUPO I.U-PODEMOS:                                                         EVA DIEZ SÁNCHEZ

GRUPO POR LAGUNA DE DUERO (XLD):                             GEMMA GONZÁLEZ ANDRÉS                 

De conformidad con lo establecido en el apartado tercero del citado artículo 29 la Junta de Portavoces tendrá siempre carácter deliberante, y en sus sesiones no se adoptarán acuerdos ni resoluciones con fuerza de obligar ante terceros, siendo sus propuestas adoptadas en función del criterio de voto ponderado según el número de miembros con que cuente cada Grupo en el Pleno.

La convocatoria se hará en los términos del apartado cuarto del artículo 29 que dispone que el Alcalde convocará a la Junta de Portavoces, al menos con veinticuatro horas de antelación, por iniciativa propia o siempre que lo soliciten dos Grupos municipales o la quinta parte de los Concejales para tratar asuntos atribuidos por la Ley o por este Reglamento a la Junta de Portavoces.

            En todo caso se realizará la convocatoria antes de la formación del Orden del día.

Son funciones de la Junta de Portavoces las siguientes:

a) Difundir entre los miembros de su Grupo las informaciones que la presidencia les proporcione.

b) Encauzar las peticiones de los Grupos en relación con su funcionamiento y con su participación en los debates corporativos.

c) Consensuar el régimen de los debates en sesiones determinadas, cuando no esté previsto en el reglamento de organización y funcionamiento de la entidad local (ROM).

d) Ser consultada como trámite previo a la fijación del orden del día del Pleno.

Además tendrá las funciones que se establecen en el Reglamento Orgánico Municipal en el artículo 29.

Acuerdo de Pleno constitución Junta de Portavoces